¿Qué debes saber una vez pasas a ser contratado por Gi Group ETT?

En Gi Group ETT intentamos dar continuidad a tu carrera profesional, así como ofrecerte oportunidades para compartir tu desarrollo profesional. En nuestras oficinas encontrarás a nuestros consultores, que te podrán ayudar y asesorar siempre que lo necesites.

Además, a continuación hemos preparado este resumen, para que todos los conceptos relacionados con tu relación laboral con Gi Group ETT te queden lo más claro posible.


Lo primero que debes de tener en cuenta es que tu relación contractual será con Gi Group, y no con la empresa usuaria donde prestes directamente tus servicios. Antes de ponerte a trabajar con nosotros tendrás que firmar el Contrato de Trabajo y que recibir la formación en Prevención de Riesgos Laborales acorde a tu puesto. Si es la primera vez que trabajamos juntos, necesitaremos además una copia de tu DNI, tu número de afiliación a la Seguridad Social y tus datos bancarios.

Una vez firmado el contrato y recibida tu formación en PRL, bien sea de forma presencial o digital, por un lado tu contrato será notificado al INEM, y por otro lado realizaremos tu alta en la Seguridad Social vía Internet, a través del sistema RED.

En lo referente a tu salario, se te establecerá el marcado por el convenio colectivo que aplica la empresa usuaria para la que trabajes, calculado en base a tu categoría profesional. Tu salario se desglosa en : Salario Base, prorrateo de pagas extras, prorrateo de vacaciones y complementos salariales y extras salariales si los hubiera.

Para poder ingresar tu salario tendrás que en primer lugar facilitarnos un número de cuenta bancaria, y en segundo lugar enviar a tu consultor/a de referencia tu parte de horas, debidamente cumplimentado y sellado por la empresa usuaria. Es muy importante que lo envíes el último día de mes, para no retrasar el posterior pago de nóminas. Los plazos de pago variaran en función de lo acordado con la empresa usuaria, pero no serán nunca posteriores al día 15 del mes siguiente.

Todos los meses te enviaremos la nómina vía correo electrónico de forma automática, y si así lo deseas puedes pasar a recogerla también físicamente por nuestra oficina.

En caso de imposibilidad no prevista de asistencia a tu puesto de trabajo, es OBLIGATORIO comunicarlo a tu consultor/a de referencia antes del comienzo de tu jornada. Si tu horario laboral no coincidiera con el nuestro, asegúrate de informar entonces a tu responsable directo en la empresa usuaria y recuerda al día siguiente notificárnoslo a Gi Group.

Además será obligatorio que envíes a tu consultor/a de Gi Group antes de 24 horas el documento que justifica la causa de tu ausencia. En caso contrario se entenderá como causa injustificada.

A continuación te indicamos el protocolo que debes seguir en el caso de sufrir un accidente laboral.

-Una vez hayas firmado tu contrato con Gi Group quedarás automáticamente cubierto durante tu jornada laboral por un seguro médico privado, concertado por Mutua Universal. En caso de accidente en tu puesto de trabajo o en itínere, debes ponerte en contacto con Mutua Universal en el teléfono gratuito 900 203 203. Indica siempre que eres trabajador de Gi Group y ellos te facilitarán el centro de asistencia al que debes acudir.

-Inmediatamente después, es OBLIGATORIO que notifiques lo ocurrido a tu consulto/a de referencia en Gi Group. En caso de que nuestra oficina no se encuentre en horario de atención, deberás hacerlo en cuanto abra.

Enfermedad laboral o baja por accidente laboral: una vez atendido en el centro sanitario de la mutua, en caso de que resuelvan que has de causar baja te entregarán la documentación de baja, que tendrás que presentar en Gi Group en un plazo máximo de tres días.


En caso de enfermedad común, tu médico de cabecera de la Seguridad Social tendrá que extenderte el documento que corresponda: justificante de reposo, visita o baja médica. En tres días es OBLIGATORIO que hagas llegar este documento a tu consultor/a de referencia de Gi Group. Si te firmase una baja médica, deberás entregar además el parte de confirmación de la baja de forma semanal, así como el alta médica en un plazo de tres días.